Opinión

Protege, legalmente, tu marca de moda

Nacho Espada

16 abr 2013

No todo lo que gira entorno a la marca es intangible. A la vez que se crea, desarrolla, define e implanta hay que dar los pasos correctos a la hora de proteger la marca.

 

No me extraña que grandes firmas litiguen con respecto a propiedad intelectual, copia de diseño, derechos de licencias para distribuir...porque en todos los sectores la competitividad de mercado se traduce en enfrentamientos de todo tipo: comercial, legal, de marketing y comunicación...

 

Lo que ya me preocupa más y denota una falsa de profesionalidad en la gestión y de mala planificación de negocio es que nuevos diseñadores, creadores y marcas noveles del retail y de la moda ni siquiera realicen unas mínimas acciones para proteger su marca de forma legal y se vean en breve, sobre todo, cuando adquieren notoriedad en el mercado envueltos en problemas sobre el uso de un nombre o marca.

 

A este respecto y aunque normalmente trate el concepto de marca desde el ámbito de la comunicación y el marketing quiero tratar del tema desde el punto de vista legal y sobre todo funcional. Una charla con mi buena amiga Mar Rodríguez, letrada del despacho Rubio, Rodríguez y Marín, me orientó a la hora de transmitir al emprendedor, diseñador la importancia del registro de la marca en España.

 

En primer lugar, la razón de registrar la marca es conveniente a efectos de proteger tanto la titularidad del nombre, la marca que se vaya a utilizar comercialmente y que nadie te pise ni las ideas ni la patente o la innovación e invención industrial que pueda tener tu negocio.

 

Mar me indicó los pleitos que se han visto envueltas poderosas multinacionales del sector para defender la prioridad de su marca ante otros usuarios de la misma o esos logos y nombres parecidos que llevan al consumidor a elegir equivocadamente.

 

Por lo que es vital que desde que nace tu proyecto de moda lo inscribas en Registro para poseer los derechos sobre la marca con la que vas a explotar tu producto.

 

Los plazos de duración y vigencia de una marca registrada es de diez años, renovables por el mismo periodo indefinidamente.

 

Para ello existen oficinas correspondientes con la finalidad de que tu marca  opere en los distintos mercados. Las marcas españolas se registran en la OEPM (Oficina Española de Patentes y Marcas), las marcas nacionales que vayan a operar en países foráneos, en la oficina del Registro correspondiente en cada país, las marcas internacionales en la OEPM o en la OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual) con sede en Ginebra y las marcas comunitarias de uso en la UE en la OAMI (Oficina de Armonización del Mercado Interior).

 

Por otro lugar, tenéis que comprender la diferencia real entre lo que es el nombre comercial y la marca en términos legales.

 

La marca es el signo que sirve para distinguir vuestros productos en el mercado mientras que el nombre comercial sirve para identificar y diferenciar a vuestra empresa respecto a la competencia del sector o de otro. La marca es el signo distintivo por excelencia y que se puede extender internacionalmente por los procedimientos legales establecidos. De hecho, existe la marca comunitaria pero no el nombre comercial comunitario que sólo podría protegerse país a país y siempre de acuerdo con la legislación de cada Estado.

 

Pero yendo “al grano”... lo que os interesa es realizar los pasos oportunos para registrar vuestra marca.

 

Primero averiguad que no está registrada previamente, con una consulta en el localizador de marcas de la página web de la OPEM lo podréis hacer. Si ese nombre que queríamos inscribir ya lo está con anterioridad simplemente se deniega vuestro registro.

 

Si realizáis la solicitud a la OEPM para proceder al registro tenéis que esperar un periodo de entre 8 y 15 meses (importante para que vuestros proyectos los planifiquéis con el debido tiempo) y coste sobre los ciento cincuenta euros, aproximadamente.

 

Ahora bien los registros de nombres comerciales pueden presentarse directamente ante los órganos competentes de las Comunidades Autónomas o dirigiéndolas ante órgano correspondiente de los diferentes registros habilitados para tal efecto en las CCAA, en las oficinas de Correos, en sobre abierto, por correo certificado y con acuse de recibo. Incluso de forma electrónica o telemática que es más económico puesto que reduce las tasas de solicitud de el 15%.

 

En definitiva, por supuesto que si vas a realizar un proyecto empresarial de moda piensa que con unos sencillos pasos te ahorras futuros problemas y proteges básicamente tu marca.

 

Cuando hablo de profesionalizar tu modelo de negocio, estoy diciendo que implementar un plan estratégico requiere que te plantees la forma legal de llevarlo a cabo… y que sea impecable, gestiona tus intangibles tan bien como los tangibles...comunican al mercado que eres un profesional del sector. 

Nacho Espada

Nacho Espada

Nacho Espada es consultor en comunicación, RRPP y márketing estratégico ,socio de "Tendence & Law", despacho de consultoría jurídica y de comunicación estratégica para los sectores de la Moda y Lujo.

 

Mar Rodríguez es abogada en Rubio,Rodríguez y Marín SLP y consultora jurídica en "Tendence & Law".


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