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La Generalitat incluirá la cláusula ‘rebus sic stantibus’ en el Código Civil catalán

La consellera de presidencia del Gobierno catalán, Meritxell Budó, ha anunciado la medida “para ayudar a los negocios a hacer frente al alquiler del local”.

Modaes

14 oct 2020 - 15:00

La Generalitat incluirá la cláusula ‘rebus sic stantibus’ en el Código Civil catalán

 

 

El Gobierno catalán añadirá la cláusula rebus sic stantibus al Código Civil catalán. La consellera de presidencia de la Generalitat, Meritxell Budó, ha anunciado que se incorporará esta cláusula legal al texto que regula el derecho civil en Cataluña. Según la dirigente, se da este paso tras “pensar cómo podemos ayudar a todos los negocios que no pueden hacer frente al alquiler del local”.

 

Budó ha subrayado que esta cláusula “regula el cambio imprevisible de las condiciones contractuales” y es una manera de “dar respuesta a los problemas contractuales derivados de esta crisis económica”. En este sentido, la rebus sic stantibus permitirá renovar los contratos “de acuerdo con el principio de conservación” de estos acuerdos.

 

La consellera ha explicado que si la negociación es rechazada por una de las partes o fracasa, “la parte afectada por la crisis podrá ir al juzgado para que se adapte el contrato a las nuevas circunstancias”. A partir de aquí, la justicia puede abrir un nuevo plazo de negociación “y si no se llega a un acuerdo, el juez puede realizar una adaptación judicial del contrato o incluso su resolución”, ha añadido.

 

Hasta el momento, el código civil catalán no regulaba estos casos y, por lo tanto, en caso de necesidad, se aplicaba el código civil español.