Entorno

Gobierno y CCAA pactan la ‘hoja de ruta’ para el comercio ante los rebrotes

El protocolo despeja al fin dudas sobre el posible cierre total de establecimientos y evita asuntos controvertidos para el sector como limitar las rebajas o discriminar por superficie comercial.

Modaes

22 oct 2020 - 19:38

Gobierno y CCAA pactan la ‘hoja de ruta’ para el comercio ante los rebrotes

 

Cómo afectarán los rebrotes al comercio, paso a paso. El Gobierno y las comunidades autónomas españolas han pactado hoy un plan coordinado de acción anti-Covid-19 que establece al fin una hoja de ruta para actuar en caso de rebrotes. El nuevo plan fija los escenarios a los que se enfrentará el comercio en los diferentes territorios españoles en función de la situación epidemiológica y el nivel de saturación de la sanidad.  

 

El protocolo de Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de Covid-19, aprobado por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, señala que los locales comerciales deberán limitar su aforo al 75% en el nivel de alerta 1 (de los cuatro que describe el plan) y al 50% en el nivel 2. En el nivel de alerta 3, cuando la situación epidemiológica sea de transmisión comunitaria no controlada y sostenida que “excede las capacidades de respuesta del sistema sanitario”, los locales comerciales sólo podrán ocupar al 33% de su capacidad.

 

El documento también especifica que en todos los casos los servicios de recogida y envío a domicilio se mantendrán operativos, siempre manteniendo las medidas de distanciamiento e higiene y prevención. Para los locales muy pequeños, como estancos, donde no se pueda mantener la distancia de seguridad, sólo se permitirá la permanencia de un único cliente dentro del local.

 

El plan, aprobado siete meses después de la llegada de la pandemia a España, despejar dudas para el comercio ante la nueva oleada de rebrotes que se suceden en toda la geografía española, y lo hace sin recoger medidas controvertidas como el límite a los descuentos y promociones o la discriminación de diferentes medidas sen función del tamaño de los locales. Tampoco prevé un cierre total de comercios, tal y como ocurrió durante el primer estado de alarma de marzo a junio.

 

 

 

Ahora bien, el mismo documento anticipa que, en el nivel de alerta 4 supondrá sumar a las medidas del nivel 3 otras “medidas excepcionales que podrán incluir restricciones adicionales”. “En el caso de que su adopción requiriera de la activación del mecanismo previsto en el artículo cuarto de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio, el presidente de la comunidad autónoma solicitará al Gobierno la declaración de estado de alarma”, apunta el acuerdo.

 

El documento desarrolla el llamado Plan de Respuesta Temprana en un escenario de control de la pandemia por Covid-19, aprobado por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud del 16 de julio, y que establece las capacidades de preparación y respuesta que se deben garantizar para actuar frente a un incremento de la transmisión del virus.

 

Dicho Plan “indica que las comunidades autónomas deben disponer de planes de contingencia para reforzar las capacidades a nivel asistencial (primaria y hospitalaria) y de salud pública y prepararse para responder a cualquier escenario de aumento de transmisión, asumiendo que no existe un enfoque único en la gestión de los casos y los brotes de Covid-19 y que se deben evaluar los riesgos en cada territorio según sus particularidades”.

 

La realidad ha derivado, no obstante, en una flagrante descoordinación entre las diferentes comunidades autónomas con el Gobierno central y en el enfrentamiento político como el registrado entre el Ejecutivo de Pedro Sánchez y la Comunidad de Madrid. Para el comercio, el protocolo establece al menos una hoja de ruta previsible, estableciendo criterios para evaluar el nivel de alerta y su impacto en términos de restricciones a la actividad comercial.