Entorno

El Gobierno obligará a la moda a higienizar la ropa que se pruebe en las tiendas

A partir de mañana, podrán reabrir al público las tiendas de menos de 400 metros cuadrados que no se encuentren en un centro o parque comercial y con cita previa.


Modaes

3 may 2020 - 18:51

El Gobierno obligará la moda a higienizar la ropa que se pruebe en las tiendas

 

 

 

La ropa que se pruebe tendrá que limpiarse después. Así lo establece la orden del Ministerio de Sanidad publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que regula las condiciones para la reapertura del comercio en la fase 0 o inicial, que comienza mañana.

 

“En caso de que un cliente se pruebe una prenda que posteriormente no adquiera, el titular del establecimiento implementará medidas para que la prenda sea higienizada antes de que sea facilitada a otros clientes”, recoge la orden.

 

El texto no precisa de qué manera debe llevarse a cabo la limpieza de las prendas. Las compañías de distribución de moda que ya se preparan para la reapertura están contemplando sistemas como el ozono, los sprays con soluciones desinfectantes y dejar las prendas en cuarentena durante 48 horas.

 

 

 


Además, el ministerio precisa que “en los establecimientos del sector comercial textil y de arreglos de ropa y similares”, los probadores deberán utilizarse por una única persona y después de su uso se limpiarán y desinfectarán.

 

En esta fase inicial, podrán abrir todos los establecimientos y locales comerciales de menos de 400 metros cuadrados. Quedan exentos, como ya se había adelantado, aquellos que se encuentren en centros o parques comerciales o los que se encuentren en los mismos pero no tengan acceso independiente desde el exterior.

 

Deberá establecerse un sistema de cita previa que garantice la permanencia dentro del establecimiento de un único cliente por trabajador, y no están permitidas las zonas de espera. También se debe garantizar la distancia de seguridad con el cliente y, si no fuera posible, instalar mostradores o mamparas. Para los mayores de 65 años, deberá haber un horario preferente que debe coincidir con las franjas horarias para paseos y actividad física de este colectivo.

 

Además, las tiendas podrán disponer de servicios de recogida en el local de productos adquiridos a distancia, “siempre que se garantice una recogida escalonada que evite aglomeraciones”.

 

 

 


Los clientes, por su parte, podrán comprar sólo en tiendas de su municipio de residencia, “salvo que el servicio o producto no se encuentre disponible en el mismo”, matiza la orden ministerial.

 

En cuanto a medidas de higiene, será obligatorio realizar al menos dos veces al día una limpieza y desinfección de las instalaciones, con especial atención a las superficies de contacto más frecuentes.

 

La orden precisa que una de las limpiezas deberá realizarse al finalizar el día, que tendrán que utilizarse desinfectantes, como diluciones de lejía, y que tras cada limpieza los equipos de protección individual y los materiales de la limpieza tendrán que ser desechados.

 

Para realizar la limpieza se podrá efectuar, a lo largo de la jornada y “preferentemente a mediodía”, una pausa de la apertura. También tendrán que limpiar y desinfectarse los puestos de trabajo en cada cambio de turno, así como los uniformes y ropa de trabajo. Esta limpieza deberá realizarse de forma mecánica en ciclos de lavado de entre 60 grados y 90 grados centígrados.

 

Además, debe garantizarse una buena ventilación, no se permitirá el uso de los aseos por parte de los clientes salvo en caso “estrictamente necesario” y todos los locales deberán contar con papeleras con tapa y pedal.

 

 

Clientes

¿Cómo deben comportarse los clientes? La orden precisa que el tiempo de permanencia en los establecimientos deberá ser el “estrictamente necesario” para realizar sus compras o recibir la prestación del servicio.

 

En las tiendas en las que sea posible la atención personalizada de más de un cliente al mismo tiempo, deberán señalarse de forma clara la distancia de seguridad de dos metros entre clientes, con marcas en el suelo o mediante el uso de balizas, cartelería y señalización.

 

Además, deberán ponerse a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos con actividad virucida en la entrada del local. Para evitar contagios, la orden prohíbe que se pongan a disposición del cliente productos de prueba.

 

 

Riesgos laborales

Para evitar la propagación del virus y garantizar la seguridad de los empleados, el empleador debe asegurarse que todos los trabajadores cuentan con equipos de protección individual “adecuados al nivel de riesgo”, así como geles hidroalcohólicos con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad para la limpieza de manos.

 

Cuando esto no sea posible, bastará con que tengan a su disposición agua y jabón. El uso de mascarillas sólo será obligatorio cuando no pueda garantizarse la distancia de seguridad de aproximadamente dos metros entre el trabajador y el cliente o entre los propios empleados.  Estas medidas serán también aplicables a todos los trabajadores de terceras empresas que presten servicios en el local. Además, el fichaje con huella dactilar será sustituido por otro sistema de control horario, o deberá desinfectarse el dispositivo antes y después de cada uso. 

 

Está por ver todavía cuáles serán las medidas para la apertura en las fases 1, 2 y 3 de la desescalada, para las que el Gobierno baraja limitar el espacio a menos de 300 metros cuadrados y para las que inicialmente se habían contemplado limitaciones de aforo de hasta el 30% en la primera fase.