Entorno

El Constitucional suspende la ley catalana de horarios comerciales

Modaes

3 dic 2014 - 18:45

El Tribunal Constitucional ha suspendido hoy la ley catalana de horarios comerciales tras admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno central. La suspensión de la norma catalana se produce a raíz de la invocación por parte del Gobierno de la aplicación del artículo 161.2 de la Constitución, que permite al Ejecutivo impugnar ante el Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las comunidades autónomas.

 

El Constitucional recuerda que la admisión a trámite no supone pronunciamiento alguno sobre el fondo del recurso, que el alto tribunal resolverá en próximas fechas.

 

En la providencia notificada hoy, el pleno del Constitucional da traslado de su decisión al Gobierno y al Parlamento de Cataluña así como al Congreso y al Senado para que en el plazo de quince días se personen en el proceso y formulen las alegaciones oportunas.

 

Según la alegación del Gobierno central, la ley catalana, que establece un máximo semanal de 72 horas de apertura comercial, contraviene la regulación estatal que establece que dicha limitación tiene que ser como mínimo de 90 horas.

 

"La regulación de la Generalitat vulnera la legislación estatal dictada en la materia al establecer un régimen más restrictivo para la libertad comercial que el contemplado en la normativa básica estatal aplicable en todo el territorio nacional en los siguientes aspectos", argumenta el Ejecutivo.