Entorno

El Constitucional anula dos artículos sobre las rebajas, pero mantiene la liberalización de horarios

Modaes

7 mar 2016 - 15:35

El Tribunal Constitucional (TC) anula dos artículos sobre las rebajas. El alto tribunal ha declarado inconstitucionales los artículos 28.4 y 28.5 del Real Decreto ley 20/2012 a 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad referidos a los objetos de venta en rebajas y recupera el contenido de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista de 1996.

 

Tras la sentencia del TC, los productos de venta en rebajas deberán haber formado parte de la oferta habitual durante un plazo mínimo de un mes y no podrán haber sido objeto de alguna otra promoción en el mes precedente a la fecha de inicio de rebajas, según Europa Press.

 

El fallo señala que ambos artículos, que recurrió la Generalitat de Cataluña, contienen disposiciones que no forman parte del núcleo normativo en la figura contractual propia de la venta en rebajas no se sitúan en la defensa de la competencia del mercado ni tienen una incidencia significativa en la actividad económica que justifique una invocación a la normativa comunitaria.

 

El alto tribunal considera, sin embargo, que se inscriben en las competencias autonómicas en materia de comercio interior y protección del consumidor y usuario.

 

Pese haber anulado estos dos artículos, el Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso catalán contra la liberalización de los horarios comerciales. En este sentido, el tribunal considera que el Estado ejerció sus competencias al establecer un régimen de más amplia liberalización de horarios, que no resulta contrario al orden constitucional de distribución de competencias.

 

De esta manera, el TC avala que el régimen de horarios comerciales evite las restricciones a menos de 72 horas y que corresponde al propietario determinar el horario diario de apertura y cierre de establecimientos.